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A partir de esa fecha, las personas que emitan boletas de honorarios sufrirán una mayor retención, que afectará el monto de su sueldo a fin de mes.
¿Por qué aumenta la retención?
El 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.133 que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social. Con el objeto de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, a partir del 1 de enero de 2020, se aumentará gradualmente la retención del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios.
¿Cómo será el aumento gradual?
El aumento en la retención será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028, de acuerdo al siguiente detalle:
¿Para quiénes aplica el cambio?
Este nuevo porcentaje de retención aplica para todos los emisores de boletas de Honorarios, y a los emisores de Boletas de Prestación de Servicios de Terceros. Si emites tus boletas en sii.cl, o un tercero las emite por ti, la aplicación disponible en nuestro sitio web realizará el cálculo con la nueva retención de manera automática, con lo que se evitarán errores de cálculo o de “tipeo”.
Te guiamos con algunos ejemplos:
Revisa aquí como varia la retención de tu boleta de honorario desde el 1 de enero, de acuerdo a tus honorarios mensuales:
Si tu honorario es de $555.555 brutos mensuales, la modificación es la siguiente:
Fecha emisión boleta |
Total Honorarios |
Porcentaje de retención |
Monto de retención |
Total Boleta |
Hasta el 31 de diciembre de 2023 |
555.555 |
13% |
72.150 |
482.850 |
Desde el 1 de enero de 2024 |
555.555 |
13.75% |
76.313 |
478.688 |
Diferencia |
$4.163 |
Si tu honorario es de $1.666.666 brutos, la modificación es la siguiente:
Fecha emisión boleta |
Total Honorarios |
Porcentaje de retención |
Monto de retención |
Total Boleta |
Hasta el 31 de diciembre de 2023 |
1.666.666 |
13% |
216.667 |
1.449.999 |
Desde el 1 de enero de 2024 |
1.666.666 |
13.75% |
229.167 |
1.437.499 |
Diferencia |
$12.500 |
Si tu honorario es de $250.000 brutos, la modificación es la siguiente: :
Fecha emisión boleta |
Total Honorarios |
Porcentaje de retención |
Monto de retención |
Total Boleta |
Hasta el 31 de diciembre de 2023 |
250.000 |
13% |
32.500 |
217.500 |
Desde el 1 de enero de 2024 |
250.000 |
13.75% |
34.375 |
215.625 |
Diferencia |
1.875 |
Si recibes un honorario mensual de $150.000 brutos y emites una Boleta de Honorarios sin retención del receptor, desde el 1 de enero tu PPM obligatorio variará de la siguiente manera:
Fecha emisión boleta |
Total Honorarios |
Porcentaje de PPM |
Monto de PPM obligatorio |
Hasta el 31 de diciembre de 2023 |
150.000 |
13% |
19.500 |
Desde el 1 de enero de 2024 |
150.000 |
13.75% |
20.625 |
Diferencia |
1.125 |
fuente: https://www.sii.cl/